Son las reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones.
Las normas de régimen interior son las que, aprobadas por el conjunto de los propietarios por mayoría ordinaria, regulan los detalles de convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, dentro de los límites establecidos por la ley y los estatutos. Artículo.6 Ley 49/1960 de 21 julio 1960, sobre Propiedad Horizontal. (BOE de 23 de julio)
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